Statuto

Artículo 1 (nombre y lugar)

Es hecho en relación con el Código Civil y la legislación, llamada la Asociación de Promoción Social "GAM - Grupo de Animación Misionera - Caldogno - sin fines de lucro", con sede en Via Zanella N º 2 en la Ciudad de Caldogno (Vicenza).

La Asociación va a utilizar, en el nombre y las señas de identidad o la comunicación al público, el término "sin fines de lucro la organización social" o la sigla "organización sin fines de lucro."

Artículo 2 (fin)

La asociación es una organización independiente, sin fines de lucro y lleva a cabo la promoción y la utilidad social.
Los fondos no podrán, bajo ninguna circunstancia, se dividirá entre los miembros, ni siquiera indirectamente.
Los objetivos que se proponen son las siguientes:
a - la asistencia, recuperación, educación, educación de los niños y jóvenes con discapacidades físicas, sociales y económicos, para un desarrollo equilibrado de la persona, y la acción en favor de los pobres, desfavorecidos y marginados, madres solteras, y en todo caso todas las iniciativas dirigidas a prevenir y recuperar la desviación social.
b - La promoción y difusión de la cultura de los países del Tercer Mundo, especialmente África y América del Sur, incluso mediante la difusión de objetos, libros, escritos y otros medios de información. La promoción de intercambios culturales entre las diversas comunidades de inmigrantes en la zona, de diferentes orígenes, culturas, razas y religiones, lo que permite las intervenciones para apoyar la capacitación, empleo e integración social en general.
c - La identificación y puesta en práctica con sus homólogos en el extranjero y / o sus representantes, de las medidas de cooperación para la recuperación socioeconómica y los entornos sociales y de salud, en particular, la degradación, mediante la promoción de la educación, el trabajo, la educación y asociaciones, para mejorar la calidad de vida y promover la dignidad humana.
Habilitación de las iniciativas para desarrollar las adopciones a distancia.
d - La creación y apoyo a las iniciativas para promover y mejorar la cultura de la paz, la solidaridad, la moderación y el respeto por el medio ambiente.

El artículo 3 (descripción del programa)

Para lograr los efectos del art. 2, la Asociación promoverá:
a - La creación de las estructuras sociales y / o atención adecuada para alcanzar sus objetivos.
b - La organización y ejecución de proyectos para que los miembros y simpatizantes, la mejora de la profesionalidad de todo el mundo, a utilizar su tiempo libre para trabajar a favor de la asociación, otras asociaciones, públicas o privadas, y personas en necesidad de aplicar el programa aprobado.
c - La organización de exposiciones, encuentros, premios, campañas publicitarias, eventos, para informar y educar a los ciudadanos sobre el desarrollo social y sensibilizar sobre temas programados.
d - La organización del tiempo de ocio y deporte para jóvenes y ancianos, en particular, con el fin de facilitar la agregación entre las diferentes generaciones.
y - Promover y apoyar programas para el aprendizaje de la labor técnica y capacitación, dirigidos a las áreas del Tercer Mundo, que les permitan la autonomía y auto-desarrollo.
f - La creación, en el Tercer Mundo, especialmente del continente africano y América Latina, instituciones educativas, centros de formación profesional, hospitales de día y centros comunitarios y la nutrición, dirigido por personal capacitado y equipado para para dar a los niños y los marginados un adecuado desarrollo físico, intelectual y social que les permita socializar con los demás y llevar a cabo actividades de trabajo y así asegurar el desarrollo equilibrado de la persona y la recuperación del tejido social.
g - Gestionar y obtener contratos y suscribir acuerdos para la realización de sus objetivos, comprar, modificar, alquilar o ceder bienes inmuebles, muebles y muebles registrados, necesario para las actividades de la Asociación o para la realización de sus proyectos. Comprar o alquilar el equipo y los materiales relacionados con las actividades.
h - Organizar eventos para recaudar fondos para la recogida gratuita de los bienes y herramientas para ofrecer en venta o su utilización directa en las regiones afectadas, para vender artículos, libros y productos de las regiones que la asociación tiene la intención de apoyar. Tomar cualquier otra forma de colección con el estado de las intervenciones no farmacéuticas.
I - Ingreso, coordinar y / o integrar con otras organizaciones públicas y privadas, con fines similares o de un nivel más alto de las estrategias de intervención a la solidaridad común.
k - Aceptar donaciones y subvenciones, solicitar y asumir todas las contribuciones y las concesiones previstas por el Estado, Regiones, Provincias, Municipios, entidades públicas y privadas y la Unión Europea.

El artículo 4 (los diputados)

1. Es admitido en la Asociación todos aquellos que comparten sus objetivos y acepten el presente estatuto y las normas de procedimiento.
2. El departamento competente para decidir sobre las solicitudes de admisión es el Consejo de Administración.
La negativa deberá ser motivada. Y "La posibilidad de apelación en un plazo de 30 días de la Asamblea. El solicitante, la solicitud debe especificar su generalidad se compromete a pagar la cuota de afiliación.
3. Los miembros pueden ser:
- Ordinario - los que pagan la cuota de inscripción establecida anualmente por la Asamblea.
- Los partidarios - los que más allá de la acción ordinaria, entregar extraordinarias contribuciones voluntarias.
- Benefactores - las personas designadas por la Asamblea por méritos especiales adquiridos en favor de la Asociación.
4. No se admitirá la categoría de miembros temporales.
5. La cuota de membresía no es transferible.

Artículo 5 (Derechos y Obligaciones de los Miembros)

1. Los miembros tienen derecho a elegir sus órganos de gobierno y ser elegidos en la misma.
2. Tienen derecho a ser informados sobre las actividades de la asociación y recibir un reembolso por gastos incurridos en la realización de la actividad prevista.
3. Los miembros deben pagar en términos de capital social y cumplir con el presente Estatuto y las normas de procedimiento.
4. Los miembros de la asociación llevó a cabo sus actividades principalmente en el personal, voluntario y gratuito, sin fines de lucro, ni siquiera indirectamente, por razón de la disponibilidad de personal.

Artículo 6 (Retiro y la exclusión de un miembro)

1. Todo miembro podrá retirarse de la Junta mediante notificación por escrito.
2. Un miembro que viole las obligaciones estipuladas en el Estatuto podrá ser excluido de.
3. La exclusión es decidido por el Consejo Ejecutivo en votación secreta y después de escuchar las justificaciones de la persona en cuestión.
4. E 'aceptó la decisión del Consejo de Administración con la posibilidad de apelación en un plazo de 30 días de la Asamblea y sigue siendo objeto de apelación ante el tribunal.
5. Los miembros que han dejado de pertenecer a la Asociación, sin embargo, no se puede pedir contribuciones y no tienen ningún derecho sobre los activos de la Asociación.

Artículo 7 (Personas Jurídicas)

1 Los órganos de la asociación.:
a) La Asamblea de Accionistas
b) El Consejo de Administración
c) El Presidente
2. Todos los oficiales son absueltos y llevado a la carga total.

El artículo 8 (Asamblea)

1. La Asamblea es el órgano soberano de la Asociación y se compone de todos los miembros.
2. Es llamado por lo menos una vez al año por el Presidente de la asociación o de su tutor legal, se enviará una notificación por escrito al menos 10 días antes de la fecha fijada para la reunión que contenía el programa y el trabajo.
3. La Asamblea también está convocado a petición de una décima parte de los miembros o cuando el Consejo lo considere necesario.
4. La Asamblea puede ser ordinaria o extraordinaria. Y "la reunión extraordinaria convocada para la modificación de los Estatutos y la disolución de la Asociación. E 'común en todos los demás casos.

Artículo 9 (Atribuciones de la Asamblea)

La Asamblea:
- Determinar las actividades programáticas generales de la Asociación
- Aprobar los reglamentos internos
- Decidir definitivamente sobre las solicitudes de nuevos miembros y la exclusión de los miembros
- Elegir al Presidente y Consejo de Administración
- Aprobar el presupuesto y las cuentas de gastos
- Decidir sobre lo que otros demandatole por la ley o por ley, o sometido a su consideración por el Consejo de Administración

Artículo 10 (Validez de la Asamblea)

1. La Asamblea está debidamente convocada en primera convocatoria, si hay una mayoría de los miembros con derecho a voto, en segunda convocatoria, que se celebrará el mismo día, sin importar el número presente en persona o por poder.
2. No se permite más de un delegado por cada miembro
3. Los acuerdos ordinarios se toman por mayoría de votos de los presentes y representados, se expresará a abrir voto, excepto para los acuerdos relativos a la calidad y de las personas o cuando la Asamblea lo considere apropiado.
4. La Junta General Extraordinaria aprueba ninguna enmienda a la ley con la presencia de 2/3 de los miembros y la decisión deliberada por la mayoría de los presentes.
5. Asamblea disolver la Asociación y dona los bienes con el voto favorable de 3/4 de los miembros.

Artículo 11 (Registro)

1. Los debates y las deliberaciones de la Asamblea y el Consejo Ejecutivo se resumen en un informe preparado por el Secretario o, en su ausencia o incapacidad, respectivamente, por un miembro de la Asamblea o el Consejo especialmente designado al inicio de la sesión, los minutos son firmado por el Presidente.
2. Cada miembro tiene derecho a consultar la transcripción y sacar una copia.

Artículo 12 (Consejo Ejecutivo)

1. La Junta está integrada por un mínimo de tres y un máximo de siete miembros, elegidos de entre sus miembros.
Los miembros de la Junta sirven por tres años y podrán ser reelegidos.
Si no uno o más directores, el Consejo de Administración nombrará a sustituirlos en su lugar el socio o los socios que en la reunión de las últimas elecciones más abajo en la lista de votantes.
En cualquier caso, los nuevos miembros del Consejo expirará junto con aquellos que están en la oficina en el momento de su nombramiento.
Si fallan más de la mitad de los miembros de número, el Presidente debe convocar a una reunión para las nuevas elecciones.
2. La Junta válidamente constituida cuando la mayoría de los componentes.
3. La Junta hará todos los actos de administración ordinaria y extraordinaria que no esté expresamente delegadas a la Asamblea y elaborar y presentar a la Asamblea el informe anual de la Asociación, el balance final y el presupuesto, la determinación del importe de la cuota anual .
4. El Consejo Ejecutivo se reunirá por lo menos cuatro veces al año y es convocado por el Presidente de conformidad con los plazos establecidos o cuando lo considere necesario oa solicitud escrita de la mayoría de los miembros.

Artículo 13 (Presidente)

El Presidente es el representante legal de la Asociación, preside el Consejo Ejecutivo y la Asamblea, se reúne la Junta General y Consejo de Administración en el caso de las reuniones tanto ordinarias como extraordinarias.
Artículo 14 (Recursos financieros)

1. Los recursos económicos de la asociación estará compuesta por:
a) - Las contribuciones y las cuotas de afiliación
b) - Las donaciones y legados
c) - Resultado de las actividades institucionales y actividades conexas
d) - Cualquier otro tipo de ingresos permitidos por la Ley 383/2000
2. La Asociación no tiene la obligación de emplear los beneficios o excedentes de operación para las actividades institucionales y los conectados directamente a ellos.
3. La Asociación tiene la obligación de no distribuir, ni siquiera indirectamente, los beneficios y los fondos excedentes, reservas o capital durante la vida de la organización, a menos que el uso o la distribución impuesta por la ley o de hecho a favor de las organizaciones de otras ONG que, por ley, estatuto o regulación son parte de la misma estructura.

Artículo 15 (Informe Anual, Estado de Económico-Financiero)

A. El Presupuesto Económico y Financiero Asociación es anual y del 1 de enero de cada año.
2. La cuenta final contiene todos los ingresos y gastos para el año pasado. El presupuesto contiene estimaciones de gastos e ingresos para el ejercicio siguiente.
3. La declaración económica y financiera elaborado por el Consejo y aprobado por la Junta General con la mayoría prevista en el presente Estatuto. Se deposita en la sede de al menos 20 días antes de la reunión y se puede acceder por cada miembro.
Cuatro. El comunicado final debe ser aprobado antes de 30 de abril siguiente al cierre del año fiscal.

Artículo 16 (consorcios o Coordinadores)

La Asociación, con el fin de garantizar la realización más completa de los objetivos estatutarios, pueden formar un consorcio o se congregan en coordinación con otras organizaciones no gubernamentales en el área y / o asociaciones que operan en la misma zona.

Artículo 17 (Disolución y transferencia de los activos)

La eventual disolución de la Asamblea y se decidirá sólo en la forma en el arte. 10.
La Asociación tendrá la obligación de donar los bienes de la organización, en el caso de su disolución por cualquier razón, las ONG u otras organizaciones con fines de utilidad pública, el órgano de control del artículo. 3, párrafo 190, de L. 23 de diciembre 1996, N º 662, a menos que se asigna por la ley.

Artículo 18 (Disposiciones finales)

Por todo lo que no está expresamente previsto en el presente Estatuto será aplicable lo dispuesto en el Código Civil y leyes aplicables.